Atención jujeñas y jujeños

Así es la millonaria multa que deberán pagar los jujeños que vendan cohetes en las fiestas

Además aquellos que vendan pirotecnia sonora en Jujuy, puede sufrir multas millonarias y clausuras definitivas.

QPJ JUJUY

"Los comerciantes que las vendan están sujetos a multas de hasta 440 mil pesos, más la clausura, que puede ser de 30 o 180 días, o también definitiva, según si hay o no reincidencia", detalló el Juez Contravencional Matías Ustarez.

El funcionario dijo que también se hace la incautación y el decomiso de los productos prohibidos. "Se puede usar pirotecnia lumínica, pero no se puede proporcionarla a menores de 16 años", dijo Ustarez, que confirmó que trabajan en campañas de concientización para eliminar el uso de la pirotecnia sonora.

Cómo denunciar

Ustarez detalló que quienes quieran denunciar la venta de estos productos, pueden comunicarse al 911, a las comisarías o Unidades Regionales, además de los Juzgados N° 1, 2 y 3. "Recibimos denuncias y las remitidos a las autoridades de constatación para que labre actas".

Adelantó que en base a la Ley de Pirotecnia Sonora 0, el Código Contravencional y la Ley de Cuidado Integral de Animales de Compañía, junto a la Fundación Campeones, harán el 17 de diciembre una maratón perruna para generar conciencia sobre el tema.

Multas por venta de pirotecnia sonora

Ley de Pirotecnia Sonora Cero

En diciembre del 2020, la Legislatura de Jujuy aprobó la Ley N° 6.187 para la regulación del uso de pirotecnia, prohibiendo la sonora y permitiendo la lumínica. Fue de cumplimiento efectivo, es decir que los municipios debieron adherir.

Las sanciones son aplicables a toda persona que fabrique, expensa, transporte, exhiba o venda al público en general cualquier tipo de pirotecnia y/o cohetería de uso prohibido. Las multas se miden por Unidades Fijas, es decir el precio del litro de nafta, y se incrementan según la gravedad del caso.

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