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El Gobieno anunció un bono de 70 mil pesos para los más necesitados

Quiénes son los que podrán acceder.

QPJ JUJUY

El Gobierno anunció la entrega de un bono extraordinario de hasta $70.000, que se abonará en julio, según el Decreto 552/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial. Este bono se suma al aumento del 4,2% correspondiente a la inflación de mayo, ya fijado por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).

Con este ajuste, los haberes mínimos aumentarán de $206.931 a $215.600, a los que se sumará el bono de $70.000, resultando en un total de $285.600. Por otro lado, el haber máximo se incrementará de $1.392.450 a aproximadamente $1.450.900. Este reajuste beneficiará a todos los ingresos del régimen general y a las prestaciones no contributivas, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del haber mínimo.

Motivo del bono para jubilados

El Gobierno menciona en el documento que, a partir de este mes, la fórmula de movilidad jubilatoria cambiará, actualizando mensualmente los haberes previsionales según las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el INDEC. La finalidad de este bono es "mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra".

En los primeros siete meses del año, los haberes previsionales (excluyendo bonos y adicionales) habrán experimentado un aumento acumulado del 104%. En marzo, el incremento fue del 27,18% debido a la fórmula establecida por la ley 27.609, vigente desde 2021. Desde abril, con los cambios introducidos por decreto, los haberes aumentaron un 27,4%, en mayo un 11,01%, y en junio un 8,83%. A partir de abril, los aumentos se realizan mensualmente y están ajustados por inflación, además de incluir un 12,5% adicional en concepto de "incremento extraordinario".

Importante aclaración sobre el bono

El decreto establece que, para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono en cuestión. La asistencia otorgada por este decreto "tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto".

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