Mucho cuidado

Jujeños quisieron limpiar un terreno y terminaron provocando un terrible incencio

La quema controlada en la provincia está prohibida ya que nos encontramos bajo emergencia ígnea.

A pesar de saber el daño que puede generar el iniciar un foco ígneo, en la jornada del miércoles, un grupo de empleados de una empresa jujeña, comenzaron con una quema controlada con el fin de limpiar un terreno en la localidad de Maimará.

Sergio Farfán, Bombero Voluntario de Maimará, en diálogo con Somos Jujuy explicó que el fuego comenzó cerca de las 15 horas cuando se acercaron hasta el lugar y observaron a un grupo de personas limpiando utilizando esta metodología por lo que se les recomendó que no limpien de dicho modo.

"Pasada dos horas, nos llamaron los vecinos diciendo que la quema se les fue de las manos", detalló Farfán. Posteriormente el personal de Bomberos Voluntario llegó hasta el lugar donde inició con el trabajo de contención y extinción del fuego que ya había avanzado varios metros.

Luego Sergio indicó: "Se quemó cerca de 3 hectáreas, parte de los predios de una comunidad aborigen de Totorayoc y predios ajenos". Cabe destacar que en el lugar sólo trabajaron los Bomberos Voluntarios de la localidad quienes lograron extinguir el foco ígneo aproximadamente a las 19.30.

En el lugar se tuvieron que reponer postes y cables de luz y se encuentran a la espera de una respuesta por parte de la empresa encargada de ocasionar el daño material y ambiental.

Multas por provocar incendios en Jujuy

La Ley N°5018 "Prevención y lucha contra incendios en áreas rurales y/ o forestales" tiene por objeto establecer las acciones, normas y procedimientos para la prevención y lucha contra incendios en áreas rurales y forestales, tanto en bosques nativos como de cultivo, en el territorio de la Provincia de Jujuy.

FALTAS LEVES

a) Las faltas "Leves" podrán ser sancionadas con apercibimiento por única vez, y multas como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Mil Doscientos (1200) litros de nafta súper.

Las personas que comentan falta leve tendrán una multa de $171.120. Son consideradas faltas leves:

1) Transitar por el monte cuando se haya dispuesto la prohibición al respecto;

2) No cumplimentar el mantenimiento de los caminos, cortafuegos, vías férreas y líneas eléctricas que atraviesen forestaciones, libres de obstáculos para el tránsito de vehículos, de residuos y/o vegetación seca;

3) Acampar dentro de zonas forestales en lugares no permitidos o previstos a tal efecto;

4) Abandonar campamentos sin tener en cuenta las previsiones necesarias;

5) Dejar abandonado en el monte combustible susceptible de provocar combustión, leña, vidrios, papeles, botellas y demás materiales combustibles habituales.

FALTAS GRAVES

b) Las "Graves" con Multas de como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Dos Mil (2000) litros de nafta súper.

Las personas que cometan faltas graves les pondrán una multa de $285.200. Son consideradas faltas "Graves":

1) Encender fuego en el monte y/o establecimientos rurales sin adoptar las medidas necesarias;

2) Efectuar operaciones de uso del fuego en el monte y/o establecimientos rurales sin contar con la pertinente autorización;

3) Arrojar fósforos y/o colillas de cigarrillos al transitar;

4) Transportar o utilizar material inflamable en zonas forestales cuando se haya dispuesto su prohibición o sin adoptar las precauciones necesarias;

5) No procurar la extinción de un incendio al comprobar la existencia del mismo, teniendo la posibilidad de hacerlo;

6) No dar cuenta inmediata del incendio;

7) Negar el uso de medios de comunicación para notificar la existencia de incendios;

8) Negar el uso de aguas públicas o privadas para la extinción de fuegos;

9) Negar colaboración para la extinción de fuegos cuando se la haya requerido;

10) Impedir el paso por una propiedad cuando sea necesario para extinguir incendios.

FALTAS MUY GRAVES

c) Y las "Muy Graves" con Multas que pueden ascender hasta como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Cinco Mil (5000) litros de nafta súper.

Las personas que cometan faltas "muy graves" les correrá una multa de $713.000. Son consideradas faltas "Muy Graves":

1) Quemar o encender fuego cuando esté prohibido;

2) Abandonar un fuego después de encendido antes de que este esté totalmente apagado;

3) Realizar operaciones en el monte y/o establecimientos rurales con empleo del fuego, aun cuando hayan sido autorizados, sin tomar las precauciones necesarias previstas por normas vigentes.

REINCIDENCIA

Multa como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Siete Mil (7000) litros de nafta súper.

En caso de reincidir en alguna de las faltas cometidas, la multa ronda el valor de $998.200.

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