Jujeño pasará 10 años preso por matar con su auto a una mujer embarazada
El sujeto conducía alcoholizado y provocó el accidente.
El Tribunal en la Criminal N°3 sentenció ayer a Franco Reinaldo Ángelo a 10 años de prisión por causar la muerte de una mujer embarazada, en estado de ebriedad.
El joven conducía un automóvil por la zona de Alto Comedero protagonizó un siniestro vial en el que causó muerte de la futura madre y un hombre resultó herido.
Fue condenado por el delito de "Homicidio simple y lesiones leves con dolo eventual en concurso ideal", hecho ocurrido el barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy.
Además, se ordenó su inmediato traslado al Servicio Penitenciario de la Provincia, como así también el decomiso del vehículo utilizado por cometer el ilícito.
La sentencia fue dictada las juezas, Margarita Nallar, como presidenta de trámite, y Carolina Pérez Rojas, y el juez Mario Ramón Puig.
Acusación
Según la requisitoria de la Fiscalía, el hecho ocurrió el 5 de junio de 2021, aproximadamente entre las 20 y 21 horas, cuando las víctimas, Agustín Cárdenes y Paula Pamela Huanco, se encontraban transitando en una motocicleta por la Avenida Forestal intersección Avenida Snopek del barrio Alto Comedero.
En esas circunstancias, ambos ocupantes de la moto estaban detenidos esperando el paso del semáforo en verde, cuando fueron impactados desde atrás por el automóvil Fíat Uno conducido por el acusado, Franco Ángelo, quien se encontraba bajo los efectos del alcohol, con una cantidad de 2,04 g/l de alcohol en sangre.
Tras el impacto, ambos fueron arrastrados un par de metros hasta colisionar con otro vehículo y como consecuencia de esto se produjo el deceso de la mujer, que cursa un embarazo de ocho meses y lesiones al hombre.
Alegatos
El fiscal de cámara, Alejandro Bossatti pidió la pena de 13 años de prisión; en tanto el abogado querellante, Alejandro García, adhirió al pedido de la fiscalía.
Por su parte, la defensa del acusado fue ejercida por la abogada Sara Cabezas y su colega, Ezequiel Martínez, quienes pidieron la absolución de su defendido, por no haber podido comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.
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