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Nación autorizó el acompañamiento a pacientes en estado crítico

Cada provincia deberá hacer su propio protocolo para resguardar la salud del acompañante.

QPJ SOCIEDAD

El Gobierno nacional autorizó el acompañamiento a pacientes en estado crítico diagnosticados con coronavirus o cualquier otra enfermedad o padecimiento. La decisión quedó contemplada en el Decreto 714/2020 publicado en el Boletín Oficial, donde se establecen las nuevas condiciones del distanciamiento y aislamiento preventivo, social y obligatorio. 

Después de que se mediatizaran casos de personas que no habían podido despedirse de sus seres queridos, el Gobierno incluyó en el artículo 27 del DNU que tanto las provincias como la Ciudad de Buenos Aires "deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante".

El decreto indica que el protocolo que adopten las instituciones de salud deberá cumplir con las "recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación y de la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Los gobernadores de las provincias y el jefe de Gobierno de la Ciudad serán los encargados de dictar las recomendaciones y reglamentaciones correspondientes.

Asimismo, el DNU establece que "en todos los casos deberá requerirse el consentimiento previo, libre e informado por parte del o de la acompañante". 

Para esto, la familia debe designar a una persona -preferentemente entre 18 y 60 años y buenas condiciones de salud- para que pueda ingresar a ver al paciente con las medidas de protección y firmando un consentimiento. 

El documento también permite designar un acompañante en casos excepcionales como niños o personas con discapacidad, aunque no estén en final de vida. 

Poder acompañar a pacientes en estado crítico en el final de vida era una demanda creciente de familiares que perdieron a sus seres queridos durante la pandemia, publicó Télam.


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