¿Y los independientes?

Si el hijo no tiene clases, los padres podrán "justificar" la falta al trabajo

El Gobierno Nacional publicó una resolución que permite al padre o tutor a cargo de un niño en edad escolar justificar la falta solo con una DDJJ.

QPJ Política

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, confirmó que aquellos progenitores que requieran faltar a sus trabajos los días en que sus hijos no acuden presencialmente a la escuela o lo hacen en forma reducida deberán presentar una nota, a modo de declaración jurada, para que el empleador pueda confirmar el esquema de dicho establecimiento, en caso de ser necesario.

Lo que una vez más el ministerio de Trabajo no contempla es a los trabajadores independientes que dependen del trabajo diario para poder conseguir los ingresos con los cuales continuar sobreviviendo. En este sentido, una gran cantidad de personas quedan afuera de la posibilidad de "justificar", por lo que calificaron la medida como insuficiente.

Según consignó La Nación, en la resolución 60/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se detalla que a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, "se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".

La inasistencia se podrá requerir ante dos situaciones: los días en que los niños no concurran a clases presenciales y aquellos en que concurran, pero con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.

Para notificar al empleador de tal circunstancia, los trabajadores deberán confeccionar una nota, a modo de declaración jurada, que tendrá que incluir información específica, detallada en la resolución: "los datos del niño, niña o adolescente; el grado o año que cursa y los datos del establecimiento educativo al que concurre; el régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución, y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".

Es importante destacar que solo un progenitor o persona responsable de los cuidados podrá acogerse a esta justificación, para la cual no habrá un modelo estipulado, sino que apelará más a "una presentación de buena fe" que contenga los datos previamente detallados, de acuerdo a lo que explicaron a LA NACION desde cartera de Trabajo. "La declaración jurada es la nota que deben presentar los padres, con los datos que solicita la resolución", indicaron.

Moroni habló ayer sobre el tema en radio La Red: "Lo que hicimos fue dictar una resolución que diga que quien vaya a hacer uso de esta causal de justificación de la inasistencia, cualquiera de los progenitores, lo único que tiene que presentar es una declaración jurada indicando a su empleador los datos necesarios como para que si quiere controlar que lo que le está diciendo de necesidad de presencialidad en el hogar es adecuado, pueda consultar con la escuela".

Esta nota habla de:

Comentarios

Tucomentario

Nombre

Más de Politica