Polémica

Diana Mondino confirmó que se podrá pactar contratos en bitcoin o "cualquier especie, como litros de leche"

La ministra de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto sostuvo en sus redes sociales que con el DNU firmado por el presidente Javier Milei se abrirá paso a las criptomonedas en el pacto de contratos.

QPJ Política

La canciller Diana Mondino afirmó este jueves en un mensaje en su cuenta de X que a partir de que se ponga en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó ayer el presidente Javier Milei, será posible pactar contratos en "Bbtcoin" o hasta en elementos como "litros de leche".

"Ratificamos y confirmamos que en Argentina se podrán pactar contratos en Bitcoin. Y también cualquier otra cripto y/o especie como kilos de novillo o litros de leche", resaltó la ministra de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Al respecto, la funcionaria citó el artículo 766 del decreto que señala: "Obligación del deudor. El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene".

El mensaje de Diana Mondino.

Por su parte, en el mencionado DNU que fue compartido en cadena nacional por Milei se menciona la "modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada".

En ese marco, se especifica que "la obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda,determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país".

Además, se resalta que "el deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada".

A su vez, con el cambio que plantea el decreto se indica que "los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes".

"El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene", apunta el DNU, que reemplaza el artículo 766 del Código Civil y Comercial vigente.

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