Ganancias, Bienes Personales y blanqueo de activos: la mega reforma impositiva que impulsará el Gobierno
Entre las múltiples reformas impositivas que impulsará el presidente Javier Milei se incluye la vuelta del impuesto a las Ganancias.
En el paquete fiscal también se incluiría la progresiva reducción del Impuesto a los Bienes Personales que arrancaría con una alícuota del 1,5 al 0,75 % en cinco años.
A esto se sumará la posibilidad de adelantar el pago del impuesto por cinco años a la alícuota más baja y la ventaja es que quienes paguen por adelantado no deberán presentar las declaraciones juradas de esos años.
También se abrirá un nuevo blanqueo que privilegiará a los montos chicos, ya que por ejemplo quienes blanquean hasta en máximo se 100.000 dólares no pagarán ninguna penalidad.
El proyecto de ley que se enviaría al Congreso de la Nación en el periodo de secciones extraordinarias incluiría un Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social y un Régimen de Regularización de Activos.
En lo que respecta al Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad hay que destacar que se trataría de un régimen con una moratoria sumamente amplio, con distintos beneficios según la modalidad de la adhesión.
El plazo previsto para adherir es de 120 días, desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicten el Poder Ejecutivo Nacional y la AFIP.
Un aspecto relevante es que permitiría regularizar el Aporte Solidario y Extraordinario (ASE) de la Ley 27.605.
También comprendería a aquellas obligaciones prescriptas, sobre las que se hubiera formulado denuncia penal tributaria o, en su caso, penal económica, contra los contribuyentes o responsables.
En este caso se permitiría incluir:
Las obligaciones de los agentes de retención y percepción que hubieran omitido retener o percibir, o el importe que, habiendo sido retenido o percibido, no hubieran ingresado, luego de vencido el plazo para hacerlo.
Las obligaciones vencidas con anterioridad a la entrada en vigencia, incluidos los planes de facilidades de pago respecto de los cuales haya operado o no la correspondiente caducidad a la fecha de entrada en vigencia.
Entre los beneficios que obtendrían aquellos que decidieran entrar varíarian según la forma de pago elegida y la fecha de la adhesión.
El contribuyente podría pagar de contado y adherirse dentro de los primeros 60 días
El pago de contado y adhesión dentro de los primeros 60 días condonaría el 50% de los intereses resarcitorios y punitorios.
También habría posibilidad de planes de pago, que son cortos (entre 12 y 30 cuotas según el tipo de sujeto de adhiera). Los planes de pago también prevén un pago a cuenta -entre el 15% y el 30% de la deuda, según el tipo de sujeto- y condonación de intereses - entre 30% y 10%- Además bajo cualquier modalidad de adhesión, las multas quedarian condonadas en un 100%.
Resulta también importante mencionar que serían condonados la totalidad de los intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes a las obligaciones fiscales canceladas con anterioridad a la entrada en vigencia del régimen (incluye los intereses resarcitorios y/o punitorios de los anticipos y pagos a cuenta de impuestos).
La adhesión por obligaciones tributarias aduaneras implicaría la renovación de las mismas y su conversión a moneda argentina al tipo de cambio comprador conforme a la cotización del Banco de la Nación Argentina del día anterior a la fecha del acogimiento al Régimen.
Una cuestión muy importante es que no se prevén cuestiones extrafiscales que resulten causal de caducidad del plan de facilidades, como sucedió en regímenes anteriores (por ejemplo, distribución de dividendos).
ES UNCIRCO TOTAL!!!!! cuando era diputado votó para que sacara el impuesto a la ganancias.... ahora los quiere instalar de nuevo?? QUÉ PACHÓ??
sin lugar a dudas, depende del lado del mostrador en el que esté sentado..... que vergüenza!!!
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