Revés para el Gobierno: la Justicia habilitó la feria para que se traten los amparos contra el DNU
Lo resolvió el juez federal Enrique Lavié Pico, del fuero contencioso administrativo. También rechazó que las demandas sean consideradas como proceso colectivo y permitió que se analicen una por una, lo que aumenta el riesgo de declaraciones de inconstitucionalidad.
El juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico habilitó este jueves la feria judicial de enero para tramitar por separado los amparos que reclaman la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 que dictó el gobierno de Javier Milei.
La medida también dispone la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo que había presentado el Observatorio de Derecho de la Ciudad, en el que se sumaban las distintas demandas contra el decreto.
El magistrado entendió que cada expediente debe tramitarse por separado y ordenó que sean remitidas a "las jurisdicciones correspondientes las actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso" colectivo.
En los hechos, la decisión de Lavié Pico habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el decreto de necesidad y urgencia 70/23. Por lo tanto, se incrementan las posibilidades de que algunos o varios capítulos de ese DNU sean declarados inconstitucionales.
Ante ese riesgo, el Gobierno nacional pretendía que todos los cuestionamientos contra la norma confluyeran en un solo juzgado. También había trascendido su predilección porque esa megacausa quedara en el fuero Contencioso Administrativo, donde creía que tenía más chances de evitar un fallo adverso.
La extensión del DNU sobre reforma del Estado y desregulación economica, sumada a la variedad de temas incluidos en él fueron los motivos por los que el juez Lavié Pico dispuso desarmar el proceso colectivo.
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