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Registro Automotor: así es el nuevo formulario para inscribir o transferir vehículos

Los cambios introducidos en el Registro Automotor facilitan los trámites para transferir o inscribir vehículos nuevos y usados. Los detalles.

QPJ SOCIEDAD

El Ministerio de Justicia de la Nación introdujo una serie de cambios en el Registro Automotor que buscan simplificar los trámites para inscribir o transferir vehículos 0KM o usados y presentó un nuevo Formulario 08.

Registro Automotor: cómo es el nuevo formulario para inscribir vehículos

La nueva normativa estipula que los registros automotores ya no pueden retener el impuestos de sellos, radicación y multas de patentes. En tal sentido, el documento actualizado le ofrece al usuario la posibilidad o no de pagar o no los tributos municipales.

"En lo que respecta al cumplimiento del pago del impuesto de sellos, se recuerda que no puede restringirse o limitarse la inmediata inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones por normas de carácter administrativo ajenas a los aranceles del Registro Automotor", explicaron desde la cartera que conduce Mariano Cúneo Libarona.

Registro Automotor: los requisitos para hacer una transferencia digital

Documento identificatorio para acreditar identidad del comprador, vendedor (y de su cónyuge, si se trata de un bien ganancial).

Si sos argentino: DNI en su modalidad Digital o Físico, (LC, LE o DNI Libreta, solo si tenés más de 75 años).

Si sos extranjero sin residencia permanente: pasaporte.

Con residencia permanente: DNI.

Extranjeros de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.

En el caso en que seas representante legal o apoderado/a, deberás presentar documentos que acrediten tal situación y contar con facultades suficientes (Contrato Social, Libro de Actas, Poderes, etc.).

La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.

Título de propiedad del vehículo o Constancia de Asignación de Título (CAT) y todas las cédulas del vehículo (de identificación del automotor y de autorizados).

Verificación Física de la unidad:

Automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/2001.

Motovehículos inscriptos inicialmente a partir del 01/01/2004.

Transferencias presentadas ante el registro de la futura radicación, deberán realizar la Verificación Física sin importar modelo año de inscripción.

Transferencia con título extraviado.

Constancia de CUIT (emitida por AFIP) o CUIL (emitida por ANSES) del comprador. O bien CDI del comprador a través de Formulario de Declaración Jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP. Si figura en el reverso del DNI no hace falta acompañar documentación.


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